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    viernes, 4 de julio de 2025

    Tribunal Administrativo del Atlántico confirma fallo contra el Distrito de Barranquilla.

     


    El abogado Luis Escorcia en rueda de prensa dio a conocer una noticia de interés comunitario donde se confirma fallo a favor de las personas que venían desempeñando el 

    oficio de lavadores de carros en el predio de la carrera 54 con calle 44, lugar conocido como lavadero de carros La Moria. El 

    documento entregado en la mañana de hoy manifiesta “La Sala de Decisión A del Tribunal 

    Administrativo del Atlántico ratificó la sentencia emitida el 15 de diciembre de 2022 por el Juzgado Octavo Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, en la cual se declaró administrativamente responsable al Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla por los perjuicios materiales y morales —

    presentes y futuros, objetivos y subjetivos— ocasionados a un grupo de personas que laboraban en el lavadero de autos de La María, ubicado en la intersección de la carrera 54 con la calle 45 (Murillo).

    La decisión

    El fallo fue confirmado tras la apelación presentada por el Distrito, al comprobarse que se produjo un daño antijurídico con el desalojo de los demandantes, quienes ocuparon durante más de 20 años un predio de propiedad del ente territorial, localizado en la carrera 54 No. 45-35. Su permanencia en el lugar se dio con el consentimiento tácito de las autoridades

    distritales, generando así una confianza legítima que sustentó el ejercicio prolongado de su actividad económica informal.


    Beneficiarios

    Los convocantes y beneficiarios de esta acción judicial son:

    José Manuel Mejía Ebrat, Alex Ramírez Bárceles, Geoavani Enrique Sandoval Martínez, Hermis Ramírez Bárceles, Jorge Eliecer Gutiérrez Barrelo, Wilmer Manuel Sandoval Martínez, Rosa Helena Martínez Gamero, Darlis Patricia Elles Martínez, Deisy Johana Elles Martínez y Luis Moisés Castro Bolívar.

    La demanda fue presentada en ejercicio de una acción de Reparación Directa contra el Distrito de Barranquilla, por el abogado Luis Escorcia León, en representación de los afectados.

    Extracto del fallo

    “Primero: Confirmar la sentencia apelada proferida el 15 de diciembre de 2022, por el Juzgado Octavo (8º) Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de esta providencia.

    Segundo: Sin condena en costas en esta instancia.

    Tercero: Notifíquese personalmente el presente fallo a las partes y a la Procuraduría Judicial Delegada del Ministerio Público ante este Tribunal.

    Cuarto: Ejecutoriada esta providencia, por Secretaría envíese el expediente al Juzgado de origen.

    NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.”

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    authorSoy Fabio Ortiz Ribón, Comunicador Social periodista de la Universidad Autónoma del caribe, Con experiencia por treinta y cinco en medios escritos y Radiales – Diario El Tiempo, Diario del Caribe, Tiempo Caribe, Diario La Libertad. Medios Radiales- Todelar Barranquilla, Colmundo, Cadena Radial La Libertad, Radio Aeropuerto. Radio Tropical Medios Virtuales: La Gran Noticias, Canal Tropical, www.ruedalaprensa.com ESTUDIOS PROFESIONALES Especialización en Gerencia de la Comunicación Organizacional/Desarrollo Social – Univ autónoma del Caribe. Tecnólogo en Formulación de Proyectos MGA y de la Cooperación Internacional.- SENA Atlántico- Consultor - Asesor en la formulación de proyectos socio culturales de Cooperación Nacional e Internacional. , DimagenesProducciones y me especializo en la línea de investigación en el CIIU de la Simón Bolívar.
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